Zárate arremetió diciendo que antes los jueces de faltas se designaban “a dedo”

El pasado miércoles se realizó la primera reunión del Consejo de la Magistratura Municipal, que tendrá a su cargo la selección de quien ocupe el cargo. Era algo que venían solicitando los bloques legislativos de la oposición. El intendente fue durísimo en sus términos.

EN 2023 se sancionó la ordenanza que creaba el Consejo de la Magistratia Municipal, integrado por autoridades de distintos ámbitos, desde el Legislativo, el Ejecutivo y el Colegio de Abogados de la ciudad.

La intención de esta iniciativa, que en su momento impulsó el propio intendente Federico Zárate, era designar por concurso al Juez de Faltas de la ciudad.

Los interesados en acceder al cargo, no sólo tendrán que concursar, sino que se limita el periodo a cinco años, dejando atrás un puesto que, hasta el momento, era vitalicio.

En el “mientras tanto”, Zárate ocupó el lugar de Juez de Faltas y esa fue una de las críticas desde la oposición.

El pasado miércoles, se realizó la primera reunión del Consejo de la Magistratura Municipal y, de esta manera, avanza la implementación de un nuevo sistema que incorpora criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el acceso a una función clave del Estado municipal.

La reforma, aprobada por ordenanza, modifica un mecanismo que hasta ahora dependía de una designación directa de las autoridades políticas y no establecía un plazo determinado para el ejercicio del cargo.

Del nombramiento directo a la selección por mérito:

Uno de los cambios centrales impulsados por la gestión de Zárate es que la elección del Juez de Faltas dejará de depender exclusivamente de una decisión política. A partir del nuevo régimen, los aspirantes deberán participar de un concurso de antecedentes y oposición, en el que se evaluarán su trayectoria profesional, sus conocimientos y su idoneidad para desempeñar la función.

De esta manera, el municipio incorpora un procedimiento competitivo con criterios de evaluación definidos, que busca garantizar que la selección se sustente en las capacidades de los postulantes.

Mandatos de cinco años para renovar las instituciones:

La reforma también elimina la permanencia indefinida en el cargo y establece un mandato de cinco años para el Juez de Faltas, en reemplazo del sistema anterior, que no fijaba un plazo de duración.

La nueva disposición incorpora un período definido para el ejercicio de la función, con las posibilidades de renovación que contemple la normativa. El objetivo es establecer reglas claras de permanencia y dar previsibilidad al funcionamiento institucional.

Un Consejo de la Magistratura con representación institucional:

La selección del próximo magistrado estará a cargo del Consejo de la Magistratura Municipal, integrado por seis representantes: la secretaria de Gobierno, en representación del Departamento Ejecutivo; tres concejales; la presidenta del Colegio de Abogados de Jesús María; y un representante de la Asociación de Jueces de Faltas de la Provincia de Córdoba.

La composición del organismo incorpora distintas representaciones políticas, institucionales y profesionales en el proceso de selección.

Reglas que trascienden a una gestión:

La reforma impulsada por Federico Zárate busca modificar no solo la forma de designar al Juez de Faltas, sino también las reglas que regulan el acceso y la permanencia en esa función pública.

Al establecer un concurso de antecedentes y oposición, y un mandato de cinco años, la ordenanza fija un marco institucional que continuará vigente más allá de la actual gestión municipal, salvo que futuras modificaciones normativas dispongan lo contrario.

02-11-26

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