Gobierno reglamentó trazabilidad obligatoria para bovinos y equinos a partir de enero 2026

Así lo dispuso el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. El costo correrá por cuenta de cada uno de los productores ganaderos. Tendrán que adquirir los dispositvos oficiales a través del sistema de proveedores.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria SENASA reglamentó finalmente el sistema de trazabilidad para el ganado que se aplicará a partir de enero 2026.

La resolución 530-2025 de fecha 18 de julio pero que fue publicada en el boletín oficial este domingo 20 de julio, establece la obligatoriedad para bovinos, bubalinos y cérvidos, mientras que lo deja optativo para ovinos, caprinos, porcinos y camélidos.

A partir del 1 de enero próximo, los productores ganaderos deben identificar todos los terneros/as al destete o en forma previa al primer movimiento”, así como “para los productores de équidos ante la realización de tareas sanitarias o tratamientos medicamentosos”.

Costo.- El costo correrá por cuenta de los productores ganaderos. “Los productores deben adquirir los dispositivos oficiales de identificación individual electrónica animal a través de los Proveedores de Dispositivos Oficiales de Identificación Animal debidamente inscriptos conforme la normativa vigente, y de su red de distribución”.  Y agrega que los mismos productores deberá hacerse cargo de la colocación de los dispositivos “de acuerdo con las exigencias técnicas de la normativa oficial en vigencia para cada especie animal”.

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