Prohíben el ingreso con cuchillos y facones al Festival

Jesús María. Desde la Departamental Colón adelantaron que esta determinación se tomó a raíz de la mezcla de públicos en las noches de Color y Coraje. Recordemos que sobre el escenario no solamente habrá espectáculos de folklore, sino también de cuarteto
Desde la Policía de Córdoba decidieron prohibir el ingreso al predio donde se realiza el Festival Nacional de Doma y Folklore con cuchillos y facones, algo que es muy habitual en la vestimenta gauchezca.
Así lo anunció esta mañana a través de Radio Jesús María el Jefe de la Departamental Colón de Policía, Crio My Rubén Turri, que prefirió no dar mayores detalles sobre el tema.
Indicó que esta determinación se tomó debido a la mixtura de públicos que se van a dar cita en el Anfiteatro José Hernández, teniendo en cuenta que habrá espectáculos de folklore y de cuarteto en casi todas las noches.
“Lo importante es prevenir”, afirmó el jefe policial.
COMUNICADO OFICIAL DE LA DEPARTAMENTAL COLÓN
Con motivo de llevarse a cabo la Edición N° 55 de Doma y Folclore de Jesús María, entre los días Jueves 9 al Lunes 20 de Enero del año próximo, se desarrollará en las instalaciones del Anfiteatro José Hernández ubicado en calle Cleto Peña Nº 50 de la ciudad de Jesús María, Evento organizado por las Cooperadoras Escolares de Jesús María y Colonia Caroya.
Por tal motivo esta institución fue convocada a reuniones con miembros de la Organización del Festival, más precisamente con integrantes de la Secretaría de Seguridad y Vigilancia, a quienes se les expuso distintas estrategias y proyectos para mejorar las condiciones de seguridad. Contando además con el asesoramiento de la Fiscalía de instrucción de Jesús María áreas Penal y Contravencional y luego de analizar la Ley N° 10.326 el cual establece en los artículos:
Artículo 87.- Inobservancia de medidas de seguridad. Serán sancionados con hasta tres (3) días de trabajo comunitario, multa de hasta seis Unidades de Multa (6 UM) o arresto de hasta tres (3) días los que no observaren las disposiciones de orden o seguridad para las personas o bienes dictadas por autoridad competente en ocasión de cualquier festividad o celebración pública o religiosa.
Artículo 102.- Portación ilegal de armas. Agravantes. Serán sancionados con hasta cinco (5) días de trabajo comunitario, multa de hasta diez Unidades de Multa (10 UM) o arresto de hasta tres (3) días y decomiso los que en la vía pública o sitios públicos portaren armas a disparo, impulsadas por gases o aire comprimido, cortantes o contundentes, o llevaren elementos destinados a producir explosiones o daños en reuniones públicas, sitios públicos o abiertos al público. La sanción de arresto se duplicará cuando la portación sea realizada por personal directivo o dependiente de empresas privadas de vigilancia sin estar autorizados para hacerlo.
SE ACUERDA:
IMPEDIR EL INGRESO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE PORTE ELEMENTOS CORTANTES A LOS DISTINTOS SECTORES DEL PREDIO DONDE SE DESARROLLA EL FESTIVAL, POR LO QUE SE SUGIERE TENER EN CUENTA ESTA DISPOSICIÓN PARA QUE AL LLEGAR AL SECTORES DE INGRESO LO HAGA CUMPLIENDO ESTA NORMATIVA TANTO DE LA LEY COMO DE LAS INSTITUCIONES QUE ORGANIZAN EL MISMO
Firmado:
Comisario Mayor Lic. Rubén Darío Turri, Director Unidad Regional Departamental Colón
06-12-19
Fuente: Radio Jesús María